Adapta tu empresa a la nueva ley del canal de denuncias obligatorio

Todo aquel que tenga una empresa a su cargo ha de estar continuamente revisando la normativa vigente en aras de asegurar que su negocio quede dentro de los márgenes legales. Asumir el riesgo de saltarse la ley es inconcebible y, por ende, te animamos a que nos acompañes en este repaso a la nueva legislación sobre el canal de denuncias obligatorio. Un elemento que ya ha de formar parte del conjunto de las empresas actuales, sirviendo así para optimizar el bienestar de todos y cada uno de los empleados. Lo cual, por supuesto, también repercute en la estabilidad y el crecimiento de tu empresa.

Qué es la ley del canal de denuncias obligatorio

El canal de denuncias obligatorio es un instrumento destinado al cuidado de los trabajadores dentro de la propia empresa, incentivando así la detección y resolución de posibles conflictos en el entorno laboral. Desde el pasado 13 de junio, las empresas de más de 250 empleados tuvieron que implementar dicho sistema y, de cara al próximo 1 de diciembre, aquellas que tengan entre 50 y 249 trabajadores van a tener que hacer lo propio.

La Ley 2/2023 ha sido la encargada de regir esta nueva medida de seguridad en el mundo empresarial. El objetivo es que sea una herramienta completamente anónima para así proteger la identidad del denunciante. Esto se antoja fundamental, ya que va a permitir que nadie tenga miedo a denunciar a terceros; garantizando que el espacio de trabajo sea mucho más beneficioso para todos.

Con el canal de denuncia se puede dejar constancia de hechos delictivos y de malas prácticas que, como directivo, pudieras estar pasando por alto. No importa si hablamos de víctimas o de testigos: las acciones deplorables ya no pasarán desapercibidas. Con independencia de si quienes las cometen son empleados, proveedores, clientes o socios colaboradores.

Qué empresas lo deben implementar

Tal y como hemos anticipado, las empresas de más de 250 trabajadores tuvieron que adaptarse a esta nueva realidad el pasado 13 de junio. Sin embargo, las corporaciones de más de 50 trabajadores deberían ir echando un vistazo a un buen canal de denuncias ejemplo en aras de implementarlo antes del 1 de diciembre de 2023 para así no saltarse la ley cuando llegue dicha fecha.

Esto atiende a cualquier compañía privada. Aunque en el caso de los partidos políticos, sindicatos, fundaciones y colegios profesionales es irrelevante el número de personas que haya en plantilla. Algo que sucede igualmente en el caso de aquellos sujetos a los que les afecte la Ley 10/2010 sobre Prevención de Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo.

Así pues, el número de negocios con un canal de denuncias operativo se va a multiplicar drásticamente en los meses venideros. Haciendo que el sector privado por fin carezca de malas prácticas en el ámbito laboral, tal y como lo hicieron las administraciones públicas o, por supuesto, las compañías privadas con un plan de compliance.

Cómo implementar el canal de denuncias obligatorio

Al igual que sucede con la llegada de cualquier otra normativa, ya hay muchos que tienen dudas sobre cómo implementar el canal de denuncias obligatorio 2023. Por suerte, hay agencias que se han especializado precisamente en dicha materia y asumen la confección de este sistema, el cual es recomendable que sea de carácter digital.

Para cumplir con la ley, es vital que el canal sea anónimo y la confidencialidad de los procesos sea incontestable. De igual modo, se debe dar acuse de recibo de las denuncias en un margen de una semana y responder a la misma en máximo tres meses. Lo cual hace que valores como la eficiencia y el rendimiento del sistema tengan que ser impecables.

Por consiguiente, lo más adecuado en este punto es recurrir a quienes aprovechan el ámbito de la informática para crear este recurso. Unos softwares de primera categoría que blindan el anonimato y permiten que los encargados de supervisar las denuncias lo tengan muy fácil. Otorgando, en el proceso, un mecanismo sencillo para que los denunciantes puedan resolver esta acción con rapidez, bien sean personas internas o externas de la corporación. 

¡Haz clic para puntuar esta entrada!
(Votos: 0 Promedio: 0)